Por Ángel J. Harman –
Las tierras confiscadas a la Compañía de Jesús y administradas por la Junta de Temporalidades de Santa Fe, fueron enajenadas a diversos personajes relacionados con el poder y la administración colonial. Los principales beneficiados fueron: Francisco Candioti, Agustín Wright, José Antonio de Ormaechea y Ugalde, Justo Esteban García de Zúñiga, Pedro García de Zúñiga, Juan Ignacio de Elía, Félix Troncoso, Pedro Duval, José de Urquiza, Bartolomé Velázquez, Narciso Calvento, Ignacio Sagastume, Manuel Antonio Barquín, etcétera.
En nuevas investigaciones, algunos historiadores han observado que la bibliografía tradicional había cargado las tintas en contra de los grandes propietarios ausentistas y defendido a los propietarios locales –o “vecinos”- quienes al ocupar cargos como capitulares de las villas, resultaron beneficiados con la entrega de tierras. Expresa un historiador: “…como demuestra la progresión del poblamiento y la creciente cantidad de expedientes de posesión de tierras que se conservan, la acción de los cabildos locales fue crucial en la conformación, consolidación y crecimiento de un importante grupo de estancieros locales que logran acceder al usufructo de parcelas, de las cuales ninguna fuerza podrá ya sacarlos, y que serán la base de una acumulación de riqueza que ya a inicios del curso del siglo XIX irá adquiriendo visible consistencia”.
* Casos:
Desde fines del siglo XVIII, varias familias guaraníes procedentes de Yapeyú, autorizadas por el cabildo de dicho pueblo, ocuparon los campos ubicados entre el Gualeguaycito y el Yuquerí Grande. En 1801 había 13 familias guaraníes dedicadas a las explotaciones ganaderas y a la labranza. De éstas, sobresalían las estancias de Nolasco Guaveyú y de Domingo Manduré. En la zona de la ruta al Salto, era importante el número de naturales de Yapeyú que explotaba privadamente alguna chacra, denominada “abambaé”.
En Mandisoví se destacaba la estancia de Nolasco Guaveyú, quien en 1801 aparece como el principal propietario de origen guaraní en esa zona. Guaveyú formaba parte de un grupo de sesenta familias yapeyuanas a las que el virrey Avilés en 1801 decidió liberar del régimen de comunidad.
Como consecuencia de las invasiones portuguesas y de las guerras civiles, la mayor parte de estas familias se vieron obligadas a abandonar esos campos. Por lo tanto, el Congreso provincial dictó leyes para el repoblamiento de los campos, autorizando la enajenación de la tierra pública o aprobando como legítimos a contratos de compraventa de inmuebles cuyo dominio original eran de dudosa validez.
Más adelante, el Congreso provincial dictó leyes para el repoblamiento de los campos, autorizando la enajenación de la tierra pública o aprobando como legítimos a contratos de compraventa de inmuebles cuyo dominio original eran de dudosa validez. En 1825 Manuel Antonio Urdinarrain compró el campo de tres leguas cuadradas a Félix Britos, vecino de Concepción del Uruguay, por la suma de $ 600. Cuando se realizó la mensura del campo, dio más de doce leguas cuadradas. Realizada la mensura y cumplidos los demás trámites exigidos por las disposiciones vigentes, Urdinarrrain solicitó se le extendiera el título de propiedad correspondiente.
En un dictamen, el ministro de hacienda Celedonio José del Castillo manifestó que las tierras solicitadas por Urdinarrain no eran baldías, sino que habían estado pobladas por naturales de Yapeyú, que habían tenido que dispersarse como consecuencia de las guerras civiles; por tal razón no podía transferirse al solicitante el dominio sobre las tierras, “porque esto sería en perjuicio de los herederos de los indígenas que fueron los primeros ocupantes”.
No obstante la opinión del ministro, la resolución del gobierno fue favorable al peticionante, ya que el 13 de mayo de 1826, el gobierno provincial, a cargo de León Sola, le extendió el título de merced y propiedad, en el que le reconocía las nueve leguas sobrantes, en mérito de sus servicios públicos (¡!).
Luego, en 1837, Urdinarrain vendió una fracción del “Rincón del Salto” a Domingo Duarte Mançores, quien instaló un importante saladero. Duarte Mançores transfirió este campo al general Urquiza, mediante un contrato celebrado en 1857.
Cuando al fin, las familias guaraníes sobrevivientes de las contiendas regresaron a sus tierras, éstas estaban en posesión de extraños. No les quedó otro recurso que convertirse en peones de los nuevos dueños…o en marginados.
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Fuentes:
HARMAN, Ángel J., Los rostros invisibles de nuestra historia. Indígenas y africanos en Concepción del Uruguay, Uader/Vicegobernación de Entre Ríos, Concepción del Uruguay, 2010
PÉREZ COLMAN, César B., Historia de Entre Ríos. Época colonial (1520-1810), t. III, Paraná, 1937
POENITZ, Alfredo J., “La ocupación espacial del departamento Concordia (1810-1880)”, en , Cuadernos de Estudios Regionales, Nº 6, Instituto Regional de Investigaciones Científico-Culturales, Concordia, 1983
El mapa pertenece al artículo publicado por: POENITZ, Alfredo J., “La ocupación espacial del departamento Concordia (1810-1880)”, en , Cuadernos de Estudios Regionales, Nº 6, Instituto Regional de Investigaciones Científico-Culturales, Concordia, 1983
Esta nota fue publicada por la revista La Ciudad el 30/9/2021