Un año después de la implementación de la Ley N° 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como Ley de Etiquetado Frontal, existen una serie de productos que todavía no adaptaron sus packaging a la norma vigente.
Según la Encuesta Nacional de Nutrición y Salud, en Argentina existe un patrón alimentario negativo con respecto al consumo de productos ultraprocesados: representa más de un tercio del aporte calórico diario. FIC Argentina además informó que solo 2 de cada 10 niños consume la cantidad sugerida de frutas y verduras y que en adolescentes de nivel socioeconómico bajo hay un 58% más de probabilidad de malnutrición por exceso que en adolescentes de clase media y alta.
Ley de etiquetado frontal: prohibiciones en los envases
Además de los etiquetados, la Ley N° 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, estableció que los alimentos y bebidas envasadas que tengan algún sello de advertencia no pueden incorporar en sus envases:
- Información nutricional complementaria
- Logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o civiles.
- Personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, deportistas, mascotas, elementos interactivos, la entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales u otro elemento.
- La participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales con la compra de productos.
Fuente: Ámbito