Por Jorge H. Bonvin
A partir de la promulgación de la ordenanza 9869, que el Concejo Deliberante de nuestra ciudad trató en su sesión del 17 de noviembre, los ciudadanos y las organizaciones intermedias tendrán posibilidad de acceder a un lugar en sus sesiones ordinarias para plantear los temas que son de su interés. Es este un paso importante para que la ciudadanía tenga voz directa, sin tener que depender de las personas que oportunamente eligiera.
La denominada “Banca del Pueblo”, ya en funcionamiento en muchos lugares del país “constituye un espacio instituciones de participación popular tendiente a la expresión libre de los ciudadanos y sus instituciones intermedias con el fin de canalizar propuestas, peticiones, iniciativas y reclamos de los vecinos de la ciudad de Concepción del Uruguay, a través de su intervención pública en el ámbito del Concejo Deliberante”
Quienes podrán integrarlo.
Podrán ser integrantes de esta Banca los vecinos de la ciudad y sus organizaciones como instituciones intermedias y otras entidades integrantes de la sociedad civil, quienes deberán elegir un representante. Para ello deberán expresar su voluntad de ser oídos y reunir los requisitos dispuestos por la ordenanza a que hacemos referencia.
Los requisitos que deberán reunir aquellos que deseen particular están especificados en el artículo 4to de la Ordenanza y son los siguientes:
- Acreditar domicilio en la ciudad de Concepción del Uruguay.
- Inscribirse en el Registro llevado por la Secretaria del Concejo a tal efecto.
- Los ciudadanos o representantes de las instituciones o entidades que deseen participar de la “Banca del Pueblo” deberán presentar lo siguiente:
1.- Breve informe escrito del tema a exponer.
2.- Datos de identidad y domicilio en la ciudad.
3.- Si la intervención es en representación de una institución, organización de la sociedad civil o agrupación de vecinos, datos de la misma y acreditación de la representación invocada.
4.- Expresar por escrito la aceptación de las condiciones de participación.
Una vez que los interesados se inscriban en el registro habilitado en la Secretaría del Concejo los ciudadanos serán notificados con 7 días de anticipación respecto a la fecha y hora en que se realiza la sesión en la que podrá participar.-
Por cada sesión ordinaria podrá participar un expositor quien tendrá derecho a hacer uso de la palabra por diez minutos. Este plazo podrá extenderse cinco minutos más si el Cuerpo requiere mayores explicaciones, lo que tendrá que ser autorizado previamente por el Presidente del Concejo. Queda claro, además, que el participante deberá referirse al tema que planteó al inscribirse y no se le permitirá hacerlo sobre otra cuestión.
Cuestiones excluidas
Dentro de las exclusiones que prevé la ordenanza la primera cuestión es que las problemáticas presentadas no pueden ser de carácter personal o de interés privado y la otra cuestión es que los partidos políticos quedan expresamente excluidos de la participación del sistema.
Reiteraciones de temas
Puede ocurrir que más de un vecino quieran referirse al mismo tema, en ese caso el Presidente del Concejo actuando con en conjunto con la comisión permanente de Asuntos Institucionales invitarán al ubicado en primer lugar a suscribir la exposición de la otra persona, lo que se hará constar en el momento de la intervención.
Lo mismo ocurre si son varios los expositores interesados en plantear un mismo tema, siempre respetando el orden de inscripción. El primero representará a los demás.
El Registro
El Registro, donde los ciudadanos pueden inscribirse, y como decimos más arriba va a funcionar en la Secretaría del Concejo Deliberante estará abierto todo el año. Es decir que esto empezará a funcionar desde el año próximo porque la ordenanza refiere a las sesiones ordinarias y estas, por este año, ya finalizaron quedando solo la extraordinaria citada para el próximo 16 de diciembre con dos temas específicos.
Si una persona que fue debidamente notificada no concurre a utilizar la Banca del Pueblo en la fecha comunicada, automáticamente pasará a ubicarse en el último lugar de la lista del registro.
También es importante señalar, que la persona que ocupe la Banca del Pueblo no podrá volver a hacerlo durante el mismo año calendario.
Al Acta
Las reuniones del Concejo Deliberante son grabadas y se vuelcan todas las exposiciones en el Acta de Sesiones respectiva. La exposición del ciudadano que participe en la “Banca del Pueblo” será incluida en las Actas de Sesiones y el Concejo Municipal, en base a las ponencias que incluyan iniciativas, proyectos, reclamos o propuestas, formará expediente y se derivará a la comisión respectiva, pudiéndose en tal caso, emitir dictámenes aconsejando la realización de trámites y/o dictar las normas pertinentes, estableciéndose en forma expresa la obligatoriedad de admitir el antecedente en que se basa la misma.
Importante resolución tomó el Concejo Deliberante de nuestra ciudad que sería importante la ciudadanía sepa aprovechar.-