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RIGI: desde hoy, las empresas pueden aplicar a beneficios tributarios y aduaneros

En una de sus últimas medidas antes de que se formalice su disolución, la AFIP condensó en un mismo cuerpo normativo los procedimientos y condiciones para acceder a beneficios impositivos y aduaneros del Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones

El Gobierno nacional avanza con la implementación del Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones ( RIGI). Los beneficios impositivos y aduaneros para las empresas que quieran adherir fueron incorporados hoy en un solo cuerpo normativo que incluye los procedimientos, formalidades y demás condiciones para completar las gestiones correspondientes.

La medida fue implementada mediante la Resolución General 5590/2024 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada hoy en el Boletín Oficial, que incluye un esquema de beneficios tributarios y aduaneros con estabilidad fiscal por un plazo de 30 años.

La resolución pone en marcha la iniciativa contemplada en la ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos.

Beneficios tributarios
Entre los beneficios tributarios se establece una alícuota especial del 25% para el impuesto sobre las ganancias generadas por Vehículos de Proyecto Único (VPU), al tiempo que también otorga la opción de acogerse a una amortización acelerada de los activos involucrados en los proyectos.
Por otro lado, el IVA será cancelado con certificados de crédito fiscal sin requerir autorización previa de la AFIP.
Por su parte, el impuesto a los débitos y créditos será 100% computable como pago a cuenta del impuesto a las ganancias.

Además, las exportaciones de la producción de un VPU adherido al RIGI se encontrarán exentas de impuestos a partir del tercer año de la aprobación del proyecto y del segundo año cuando se trate de uno “estratégico” de U$S 1.000 millones o más.
A su vez, a estos bienes no se les podrán aplicar prohibiciones o restricciones de cualquier tipo, ya sean cupos, precios oficiales o prioridades para abastecer el mercado interno.

Qué deberán hacer las empresas
Los representantes de las empresas que busquen adherirse al RIGI deberán solicitar el alta en los impuestos y regímenes correspondientes en la web de la AFIP, donde también podrán gestionar los certificados de crédito fiscal IVA.
En ese sentido, deberán informar si optan por la amortización acelerada de cada uno de los bienes afectados al proyecto.
La AFIP -y luego de su disolución, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)- será el organismo a cargo del otorgamiento de una clave especial con una Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) específica para los proyectos adheridos al RIGI.
También lo será para la instrumentación del certificado de crédito fiscal y la adecuación de los sistemas del organismo para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias que contemplen el cómputo de los beneficios previstos en el régimen, entre otras tareas.

Tareas de control
El organismo también controlará el cumplimiento respecto a las operaciones de comercio exterior y fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras de los VPUs y sus proveedores.
En ese sentido, el organismo coordinará acciones con el resto de las áreas del sector público que tengan competencia específica en el control del cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social, así como en el control del acceso a los beneficios.
El organismo interactuará con los sujetos del RIGI, con el fin de asistir, colaborar, impulsar y propiciar las actividades y procedimientos que permitan el cumplimiento de las etapas de registración, recaudación y fiscalización.

Los objetivos del RIGI
La AFIP recordó en un comunicado que el RIGI tiene como objetivo “fomentar las grandes inversiones en la Argentina, promover el desarrollo económico, favorecer la creación de empleo e incrementar las exportaciones de mercaderías y servicios”.  Abarca a sectores como forestoindustria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, petróleo y gas.

El régimen permite el ingreso de inversiones con una base de U$S 200 millones que el Poder Ejecutivo puede incrementar por sector, mientras que para inversiones que puedan resultar en el posicionamiento de la Argentina como nuevo proveedor a largo plazo en mercados en los que aún no se cuente con participación relevante y que involucren inversiones en activos computables en etapas sucesivas, el monto podrá ser igual o superior a U$S 1.000 millones.

Podrán solicitar la adhesión los VPU, entre los que se cuentan las sociedades anónimas, las sucursales de sociedades extranjeras, sucursales dedicadas (de capitales extranjeros, establecidas con este tipo de sociedad), las uniones transitorias de empresas y los contratos asociativos. 

Esos VPU deben tener “por único y exclusivo objeto llevar a cabo una o más fases de un único proyecto de inversión admitido, mientras que no podrán desarrollar actividades ni poseer activos no afectados al proyecto respectivo (excepción, inversiones transitorias de su capital de trabajo)”, destacó la AFIP.

Asimismo, remarcó que “los incentivos otorgados mediante el RIGI no podrán ser afectados ni por la derogación de la Ley 27.742 ni por la creación de normativa tributaria, aduanera o cambiaria respectivamente más gravosa o restrictiva que las que se encuentran contempladas”.

(fuente: https://www.baenegocios.com/)

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