La Fiscalía Federal de Primera Instancia, con competencia electoral en el Distrito Entre Ríos; con sede en Calle 25 de Mayo N° 256 – Planta Alta, de esta Ciudad Capital, informa a la ciudadanía de esta provincia que:
1.-) durante el próximo día Domingo 11 del corriente mes y año, y en ocasión de la celebración de las PASO -Elecciones Primarias, Abiertas, Simultaneas y Obligatorias para la elección de autoridades nacionales (Presidente y Vice; Diputados y Senadores Nacionales) en sede de esta Fiscalía Federal, se establecerá una guardia, de 08:00 a 20.00 horas, a los fines de la atención, de manera personal y/o vía telefónica, de consultas y/o denuncias relacionadas con los sucesos que infrinjan la normativa electoral (arts. 125/145 – C.E.N.); para todo cuanto se hacen públicas las líneas de telefonía fija con que cuenta la Fiscalía: (0343) 4235077 y (0343) 4219559. Igualmente, se ha puesto a disposición de la ciudadanía un sitio web, denominado https://denunciaselectorales.mpf.gov.ar, para recibir denuncias online; plataforma donde se podrá cargar el formulario, de manera electrónica;
2.-) dicha medida habrá de ser reinstalada, con similares alcances y propósitos, en las elecciones generales con fecha de celebración prevista para el próximo Domingo 27 de Octubre del corriente año; y ante un eventual ballotage presidencial del 24 de Noviembre;
3.-) en el día de la fecha se libró Oficio al Sr. Procurador General de Entre Ríos, Dr. Jorge Amilcar García por parte del Sr. Fiscal Interino de esta dependencia, a fin que el mismo comunique a los agentes fiscales en turno que el dia de los comicios en caso de recibir consultas acerca de faltas y delitos electorales deberán ser derivadas las mismas a la Fiscalia de Parana con las previsiones establecidas en la Ley N° 27.504;
4.-) se han habilitado canales de comunicación de fácil y rápido acceso, que permitan la fluida interrelación de personal de este Ministerio Público con sus pares de la Secretaría Electoral Federal, con asiento en esta ciudad, con el objeto de coordinar -en la medida de lo posible- la evacuación de -entre otras- consultas atinentes a la ubicación de las sedes asignadas para la efectiva votación; ubicación de votantes en el padrón electoral; respecto de la documentación necesaria y de respaldo a disponer por parte, tanto de los electores como de todos a quienes le hubiere sido asignada una labor relativa a los comicios (ej.: autoridades de mesa, fiscales, votantes, etc.);
5.-) la redacción, a nivel nacional, de un Protocolo de Actuación y/o Reglas de Intervención del Ministerio Público Fiscal encaminado a unificar y/o coordinar rápidos y oportunos cursos de acción, a seguir por parte de las distintas fiscalías con competencia electoral del país, en orden a garantizar la transparencia y legitimidad de las elecciones que se avecinan;
6.-) solicitar a la Junta Electoral constituida que, durante la capacitación y en virtud de la comunicación con los ciudadanos designados como autoridades de mesa, que deben denunciar y comunicar los posibles delitos y faltas electorales, resguardando los objetos con los cuales se pudo haber cometido el ilícito; debiendo dar aviso y/o denunciar a la autoridad competente que establece el CEN; C.P.P.N.; Policía de Entre Ríos; Fiscalía Federal de Primera Instancia, o al mismo Juez Federal competente, y
7.-) sobre la obligación de comparecer a cumplir con sus funciones específicas las personas que fueron designadas autoridades de mesa; ratificando que su incomparecencia sin expresar una justa causa, puede ser constitutivo del delito previsto en el art. 132 del Código Electoral Nacional (CEN).-
Paraná (E.Ríos); 07 de Agosto de 2019.-
Carlos Garcia Escalada
-Fiscal Federal Interino Electoral-