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La ciudad controla el cumplimiento de la Ordenanza sobre agroquímicos

La Dirección de Salud Ambiental de la Municipalidad realiza controles en establecimientos productivos donde se usan plaguicidas. El objetivo es constatar el cumplimiento de la Ordenanza N° 9.735, sancionada en noviembre de 2017, tras debates participativos.

Sergio Bertelotti, Secretario de Salud municipal, hizo hincapié en que «toda aplicación de agroquímicos debe ser informada a la Dirección de Salud Ambiental, no menos de 48 horas antes», explicó, y dio detalles de lo ocurrido el sábado en un campo en la zona del Arroyo Molino, donde concurrieron junto a los profesionales de Ambiente para controlar una aplicación.

Además, la Ordenanza prohíbe “en todo el ejido urbano, las pulverizaciones aéreas de agroquímicos, cualquiera sea el producto activo o formulado, así como su dosis”. Asimismo, establece que la Dirección de Salud Ambiental “podrá autorizar pulverizaciones aéreas en casos especiales cuando no exista ninguna alternativa viable”.

Requisitos para usar agroquímicos

La normativa establece también que la aplicación de agroquímicos debe ser informada a la Dirección de Salud Ambiental a cargo de Justo Cáceres, no menos de 48 horas antes. Determina además los siguientes requisitos: toda aplicación debe realizarse con la presencia de un profesional de la agronomía matriculado; siempre deben aplicarse sustancias antiderivantes. Asimismo, la Ordenanza determina que el profesional y el aplicador son responsables de la posible contaminación sobre cursos de agua, viviendas, embalses o explotaciones vecinas.

Aplicación según predios lindantes

La legislación también establece parámetros de acción cuando el agroquímico debe aplicarse en predios lindantes con escuelas rurales, complejos termales/turísticos o recreativos de uso público. También fija parámetros para la aplicación en zonas donde existan establecimientos pecuarios de engorde a corral; de producción apícola, frutihortícola o floricultura; granjas o galpones de producción avícola; como así también donde existan viviendas.

(fuente: Municipalidad de Concepción del Uruguay – Comunicación Ciudadana)

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