El gobierno provincial derogó la resolución que permitía aplicar el “daño directo”, una herramienta prevista en la Ley Nacional de Defensa del Consumidor que aplican muchas provincias y países.
Este mecanismo permitía que la Dirección de Defensa del Consumidor obligara a la empresa reparar económicamente al consumidor afectado cuando fallaba la instancia de conciliación y se comprobaba la infracción.
La reparación podía resolverse en un expediente administrativo, sin necesidad de iniciar un juicio.
Qué sucederá ahora
Un retroceso en la protección
La herramienta, implementada a principios de 2024, permitía resolver conflictos y compensar a los consumidores sin judicializar los casos.
Fue eliminada sin presentar ningún mecanismo alternativo de reparación ni un proyecto de mejora.
La medida se produce además en un contexto de debilitamiento institucional del organismo: hoy la provincia cuenta con un solo inspector para todo el territorio y se redujo su personal a la mitad.
El trasfondo de la derogación
La eliminación del “daño directo” se produjo tras un caso donde una empresa sancionada mantenía vínculos profesionales con la conducción del organismo.
En lugar de resolver ese conflicto institucional, se optó por eliminar la herramienta que protegía a los consumidores.
Así, un problema particular terminó derivando en la pérdida de un derecho para todos los entrerrianos.
El Día Internacional de Consumidor es una oportunidad para hacernos una pregunta simple:
¿Para qué existe el organismo de defensa del consumidor si sus herramientas se desmantelan, si la innovación que lo modernizaba se cancela por resistencias burocráticas, y las motivaciones personales pesan más que los derechos colectivos.