Los concejales analizan un proyecto de regulación de uso de caños de escape no homologados.
Fue presentado por los Jueces de Faltas Dr Aníbal Strimban y el Dr. Carlos Schiavo.
El objetivo es readecuar la normativa vigente en materia de ruidos producidos por caños de escape en atención a la gran cantidad de faltas detectadas en violación a dichas ordenanzas.
La propuesta elevada contempla los siguientes puntos principales:
Prohibiciones
• Se prohíbe la circulación de vehículos a motor sin caño de escape.
• También se prohíbe circular con caños de escape que:
o No sean originales homologados (CAPE).
o No tengan silenciador o estén modificados.
o Tengan dispositivos antirreglamentarios o interruptores de silenciador.
o Sean deficientes y generen ruidos molestos.
o Sean de competición (profesional o amateur).
• Se prohíbe la circulación de vehículos a motor sin caño de escape.
• También se prohíbe circular con caños de escape que:
o No sean originales homologados (CAPE).
o No tengan silenciador o estén modificados.
o Tengan dispositivos antirreglamentarios o interruptores de silenciador.
o Sean deficientes y generen ruidos molestos.
o Sean de competición (profesional o amateur).
Retención preventiva
• Inspectores de Tránsito, Guardia Urbana; Policía de Entre Rios y autoridades municipales pueden retener vehículos que infrinjan estas normas.
• También se retienen vehículos cuyos conductores no usen casco.
• Inspectores de Tránsito, Guardia Urbana; Policía de Entre Rios y autoridades municipales pueden retener vehículos que infrinjan estas normas.
• También se retienen vehículos cuyos conductores no usen casco.
Decomiso y remoción
• remoción y decomiso de los caños de escape irregulares.
• remoción y decomiso de los caños de escape irregulares.
Restitución del vehículo
• Para recuperar el vehículo retenido, el titular debe:
o Pagar multas, estadía y grúa.
o Presentar documentación obligatoria
o Instalar un caño de escape homologado (CAPE), si fue retenido por infracción relacionada al escape.
• Para recuperar el vehículo retenido, el titular debe:
o Pagar multas, estadía y grúa.
o Presentar documentación obligatoria
o Instalar un caño de escape homologado (CAPE), si fue retenido por infracción relacionada al escape.
Destrucción y disposición final
• Los caños de escape decomisados serán destruidos por el municipio.
• El procedimiento debe anunciarse públicamente con al menos 30 días de anticipación.
• Los caños de escape decomisados serán destruidos por el municipio.
• El procedimiento debe anunciarse públicamente con al menos 30 días de anticipación.
(Muro de Facebook de Andrea Pacinelli)