En virtud de lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Provincial mediante el Decreto N°2470 que revoca el artículo 2° del Decreto Provincial N°2141, y estando vigente la adhesión del municipio en todos sus términos a través del decreto N°26.987, las reglamentaciones para Concepción del Uruguay en materia de horarios comerciales son las siguientes:
HORARIO COMERCIAL GASTRONOMICO DISPUESTO POR RESOLUCION PROVINCIAL
En horas de la tarde de ayer, se conoció una nueva resolución respecto al tema del horario comercial gastronómico, en ella se establece:
En virtud de lo dispuesto recientemente por la RESOLUCION N°2258 del 09 de septiembre del Ministerio de la Producción de la Provincia de Entre Ríos, el horario de las actividades gastronómicas, salones de eventos o similares y de salas de entretenimientos -dando estricto cumplimiento a los protocolos vigentes- podrá ser hasta las 03:00 horas.
Fuente: Área de Comunicación Ciudadana y Protocolo – Municipalidad Concepción del Uruguay