El Gral. Urquiza fue asesinado el 11 de abril de 1870, dejando una familia numerosa y cuantiosos bienes. Estos bienes, fueron una de las mayores herencias del país en su tiempo y se tenía que distribuir entre veintitrés hijos. Por Ley del 1 de setiembre de 1855, legitimiza Urquiza sus hijos “concurriendo con perfecta igualdad en cuanto a la patria potestad, herencia y demás derechos civiles con los que puedan se legitimados por subsiguientes matrimonios, o nazcan legítimos en virtud de este”.
Estos trámites se llevaron a cabo el 31 de agosto de 1859. José Galán es quien tiene el poder ante el Juez Miguel Malarin, a los fines del reconocimiento de los doce hijos. Por su parte, Ana, José y Waldino designan apoderado al Coronel Ricardo López Jordán, Juana al Dr. Elía Bedoya y Concepción a Don Gregorio Fernández de la Puente. Al otro día, y en vísperas de la campaña de Cepeda, Urquiza hace un testamento, que el 14 de mayo de 1872 se reduce a escritura pública. Urquiza a varios hijos cede en vida algunas tierras, por ejemplo: a Diógenes, un campo en la República Oriental del Uruguay, a Juana, el campo conocido por “La Conchera”, en Ibicuy. A Justo Carmelo, el “India Muerta”, en Concordia, a Ana, el “Palmar”, en Colon.
En un segundo testamento que hizo el 9 de mayo de 1865, ante el Dr. Esteban María Moreno, dota a su esposa Dolores Costa con 500.000 pesos bolivianos y mejoras en el tercio y remanente de los bienes a los hijos de esta. Al ser asesinado el Gral. Urquiza, comienza un juicio sucesorio de muchos años. Pero los herederos firman un convenio, donde la viuda tomara una parte igual a la de sus hijos.
Se adjudican 87.647 pesos fuertes a cada hijo legítimo, salvo Concepción que se le otorgan 95.000 pesos fuertes, pues no había recibido hasta entonces ningún bien. La herencia total fue de 3.660.630 pesos fuertes, compuestos por campos en las provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes y la República Oriental del Uruguay, ganados, terrenos e inmuebles urbanos, acciones de empresas de Navegación Ítalo Platense y de la Promotora del Plata, del Banco Paraná y del Entrerriano, del ferrocarril Primer Entrerriano, títulos de Créditos Públicos, créditos de la Colonia San José.
Dolores Costa, obtiene 380.952,38 más 543.156,20 pesos fuertes por mejoras y cada uno de sus hijos 162.203,87 pesos fuertes por hijuelas y mejoras. Estos bienes se vieron desmejorados porque Urquiza fue muy generoso y había muchos créditos que figuraban en el expediente sucesorio pero que jamás se cobrarían, por ser algunos insolventes, otros ya habían fallecido los deudores. Por esto se decide reducir la suma a cobrar en 326.200 pesos fuertes. Dolores, Diógenes y Benjamín Victorica, son los encargados de llevar a cabo los destinos de la herencia, como representantes del resto de los hijos, ante el Juzgado de Concepción del Uruguay, a cargo de los Doctores José María del Campo y Juan Ferreira.
A lo largo de casi dos décadas tuvieron que defender en varias oportunidades la herencia. Aparecen parientes, profesionales que solicitaban pago de honorarios, intrusos en campos, el fisco con cobro de impuestos. A fines de 1871, el Ministro de Gobierno de la Provincia, Dr. Secundino Zamora ordena una inspección a los inmuebles de la herencia para saber si se debían los impuestos fiscales. Así mismo ordena la presentación de Títulos de propiedad de los campos, algunos de ellos no contaban con la documentación suficiente. También el Ministerio exige presentar las cuentas de las Estancias del Estado. Los representantes de los herederos declararon que las de Concordia nunca fueron incluidas en bienes fiscales y fueron fundadas por Urquiza.
Sus bienes se usaban para fines públicos. Pero de igual manera es puesta en consideración la documentación de las mismas al Ministerio. Se designó una Comisión para examinarlos, esta se expidió con elogiosos conceptos el 18 de noviembre de 1875, siendo aprobadas las cuentas el 7 de octubre de 1878. Algunos reclamos que surgieron pero que fueron desechados por los representantes de los herederos, fueron: Juan Coronado, quien escribió el polémico libro “Los Misterios de San José”, reclamaba el pago de un dinero que le había prometido el Gral. Urquiza en pago por una diligencia. Timoteo Gordillo, socio de la Empresa de Carros gestiona dinero por arreglo de los mismos. Joaquín Hornos en 1872, gestiona una abultada suma de dinero por una hacienda que le habían confiscado en 1838. Y en tantos años de juicio surgen diferencias entre los representantes de los herederos, haciendo algunos cambios doña Dolores Costa. En el año 1876, los herederos de Cipriano de Urquiza reclaman los terrenos de “Rincón de Urquiza”.
En 1878, los herederos de Waldino reclaman pago de cabezas de ganado del año 1848, se trata de la herencia de la madre, Segunda Calvento. Trece años dura el juicio de los sobrinos, pero se demuestra que el Gral. Urquiza los compro a legítimo precio. Apelan los sobrinos y se obliga a los herederos de Urquiza a devolver los campos de “La Isleta”, “Rincón de Urquiza”, y mandaron a devolver ganado y procreo.
Los demandados no quieren cumplir y los herederos de Cipriano apelan. En 1887, la justicia dictamina la Primera Instancia. A partir de aquí se renuevan los títulos de propiedad. Recuperándose los campos de “Ibicuy”, “Calera de Barquín”, “India Muerta”, “Yeruá” y otros. Texto: Civetta, María Virginia/Ratto, Carlos Ignacio. Bibliografía: Bosch, Beatriz, “Urquiza y su tiempo”