Esta a la espera de la aprobación del Gobernador Bordet.
Julio Rodríguez Signes, Fiscal de Estado de la provincia de Entre Ríos, dialogó con Radio La Voz sobre la remisión de la nueva reglamentación sobre las precauciones y medidas establecidas para la aplicación de plaguicidas.
Según ha dicho el fiscal de Estado, el decreto está listo y sólo falta la firma del mandatario provincial. Esta vez se trataría de un decreto de reglamentación de la Ley de Plaguicidas N° 6.599, dictada en 1980. Además se fijó un límite de 100 metros para las pulverizaciones terrestres y de 500 metros para las pulverizaciones aéreas y no se seguirá el criterio judicial de las distancias de 1.000 y 3.000 metros.
Rodríguez Signes expresó que “Nosotros hicimos una tarea muy responsable a partir de los dos fallos anteriores: uno de ellos estableció determinadas distancias frente a lo que consideró que había una omisión de regular la aplicación al lado de las escuelas rurales y después un fallo en el que se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 4407. Nosotros comenzamos en el organismo un trabajo conjunto con muchos organismos oficiales recopilando gran cantidad de información sobre la aplicación de plaguicidas y las eventuales consecuencias sobre la salud y en ambiente”.
“Hicimos un trabajo muy consistente donde lo que se hace es intentar ejercer intensamente el poder de policía en materia de aplicación de plaguicidas”, subrayó.
Explicó que “Los plaguicidas son productos que habilita, registra y certifica el SENASA, es decir que las provincias no tienen competencia para habilitarlos o prohibirlos, si pueden establecer las condiciones de uso y a partir de ahí hay una ley que es la N°6399 y sus decretos reglamentarios, pero faltaba esto de las escuelas rurales”.
Signes apuntó que “Nosotros hicimos un reglamento que ya esta semana el gobernador lo tiene a despacho para resolverlo. Es un conjunto de normas que regula cómo se van a producir las aplicaciones de plaguicidas en las escuelas rurales. Es un decreto reglamentario de la ley de plaguicidas de la provincia”.
El Fiscal de Estado indicó que para la realización de esta reglamentación “Nosotros trabajamos con informes de organismo oficiales y yo había participado en las reuniones en la Secretaría de la Producción de la provincia con organismos rurales, pero a título oficial, luego de eso ninguna reunión particular, porque tratamos de hacerlo con la máxima objetividad y está hecho desde el punto de vista de la defensa de la salud de la población escolar y entendemos que es el máximo esfuerzo que puede hacer la provincia dentro de las competencias que tenemos y atendiendo a un equilibrio para defender la salud y posibilitando el desarrollo sustentable”.
Explicó que en caso de que la nueva reglamentación entre en vigencia, los nuevos pasos a seguir serán que “Tiene que haber una receta agronómica que tiene que emitir el ingeniero agrónomo, porque no se aplica libremente, es como un medicamento. En segundo lugar tiene que notificarse a la Unidad Centinela (que va a estar constituía en cada escuela y presidida por el Director de la escuela) en la cual tiene que haber un ingeniero agrónomo para que vigile e impida el contacto, porque los problemas han sido porque se ha usado irregularmente y ha habido contacto físico entre el producto y la personas, y para evitarlo se establecer distancias, la prohibición de distintos productos, se van a instalar cortinas forestales, aunque lleve su tiempo”.
“También se gestiona el uso del control online de la aplicación del producto por GPS y una serie de datos que son muy útiles para ejercer el poder de polícia en tiempo real. Además el reempadronamiento y revisión técnica de las máquinas aplicadoras y distintas cosas”, apuntó.
Rodriguez Signes subrayó que “Las distancias existen y están hechas en función de las experiencias del INTA en distintos lugares del país sobre derivas (el movimiento de la gota del producto a través de la atmósfera en condiciones regulares). Lo que hay que garantizar que la aplicación sea correcta, que el producto y la maquinaria sea la correcta y con la temperatura y el viento en condiciones, la distancia que recorre la gota en las aplicaciones terrestres es de 20 metros y 50 metros en aplicación aérea, y nosotros estamos excediendo por mucho las distancias mínimas que recomiendan las buenas prácticas de aplicación.
Las distancias no son el único factor de control y estamos estableciendo medidas mucho muy superiores a las aconsejadas. Hay un programa que se va a desarrollar con el INTA para estudiar el problema de la deriva”.
Aclaró que se establecerán las medidas “En 100 y en 500 metros para las terrestres y se prohíben los productos de banda amarilla y roja en una distancia superior a eso”.
Ante la consulta de si esta reglamentación favorecía más a los productores rurales o seguía los lineamientos de la justicia y la decisión del Juez Giordi (Que fijó los límites en 1.000 y 3.000 metros para fumigar”), apuntó que esta reglamentación “Es intermedia. La Justicia no dijo nada, uno de sus integrantes puso énfasis en la cuestión de la salud y nosotros también lo hicimos y tenemos ese principio y sobre eso trabajamos a fondo, todo es función de la argumentación del juez, nosotros intentamos establecer un sistema que impida el contacto físico del producto con los chicos y a partir de ahí establecimos este sistema”.
(FUENTE: RADIO LA VOZ 901)