Nadie duda que una persona, cuando acaba de parir un recién nacido, necesita dedicarse unos días a recuperarse y cuidar ese bebé. Gracias a la ley de contrato de trabajo, aquellas personas que tienen un empleo en relación de dependencia tienen una licencia de 90 días paga por el Estado. En el caso de los varones solo tienen dos días corridos. Este régimen de licencias por maternidad y paternidad ubica al país en el peor lugar de América latina y además está por debajo del estándar recomendado por la Organización Internacional del Trabajo (que en el caso de las madres recomienda un piso de licencia de 98 días).
Para personas no gestantes, la licencia va creciendo progresivamente de 15 días a 90 en 8 años. Para las personas que sí lleven adelante un embarazo, la licencia se extiende a 126 días desde el día que se apruebe el proyecto (un aumento desde los 90 días actuales). Para adoptantes se reconocen por primera vez los derechos de licencia, que contempla 90 días desde el momento en el que se apruebe el proyecto.
La iniciativa también contempla reconocerle la excedencia a los varones. También se considera previsionalmente el tiempo que se está de excedencia y de licencia.
En el caso de las trabajadoras de casas particulares, se garantiza un piso mínimo de ingresos equivalente a un salario mínimo, vital y móvil.
Fuente: Télam