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¿COMO ES EL PROYECTO DE GRAVÁMEN A LAS GRANDES FORTUNAS?

Por Rodolfo Oscar Negri   –   

El denominado impuesto a las grandes fortunas, en realidad es un proyecto que se denomina “Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia”. Seguramente sufrirá modificaciones, pero lo que compartimos con los lectores de La Ciudad es la esencia, los puntos mas importantes, del proyecto ingresado a la Cámara de Diputados.

Un detalle es que, como se trata de una reforma impositiva, requerirá mayorías especiales: en Diputados, 129 votos (la mitad más uno del pleno de la Cámara). El FdT tiene 119, por lo que necesita 10 votos más para aprobar el proyecto.

Los puntos principales del proyecto

  • Como está planteado, el “aporte extraordinario” deberían hacerlo las personas que hayan declarado al 31 de diciembre del año patrimonios superiores a los $ 200 millones.
  • El gravamen -se trata de un aporte por única vez y no de un impuesto- plantea una escala ascendente que arranca en el 2% y llegaría al 3,5% para los patrimonios de más de $ 3000 millones.
  • A diferencia de lo que ocurre, por ejemplo, con Ganancias, no hay un «mínimo no imponible», por lo que quien tiene declarados $ 200 millones pagaría el 2% por el total de su patrimonio, es decir, $ 4 millones.
  • Por los bienes en el exterior el proyecto se prevé un recargo de la alícuota en un 50%, aunque ese diferencial se eliminaría con la repatriación del 30% de las tenencias declaradas fuera del país en los primeros dos meses siguientes a que eventualmente se apruebe la ley.
  • Los impulsores del proyecto estiman que alcanzaría a 12.000 personas
  • Sostienen que alrededor de la mitad de las personas alcanzadas por este aporte tienen entre $ 200 millones y $ 400 millones.
  • También, que la mayor tasa alcanza a menos de 300 personas.
  • Calculan que serviría al fisco para recaudar $ 300.000 millones.

Escalas tentativas

Las escalas serían en principio las siguientes:

  • de $ 200 millones a $ 300 millones: 2%
  • hasta $ 400 millones: 2,25%
  • hasta $ 600 millones: 2,5%,
  • hasta $ 800 millones: 2,75%,
  • hasta $ 1500 millones: 3%,
  • hasta $ 3000 millones: 3,25%
  • por encima de $ 3000 millones: 3,5%.

El porqué del piso en $ 200 millones

El piso de tributación fue planteado con la idea de hallar “un punto de equilibrio”, para que “afecte a la menor cantidad posible de personas, con la mayor recaudación”.

El cálculo sugerido como comparación fue que un piso en $ 130 millones habría incorporado a 20.000 personas más, pero con poco impacto en el monto recaudado.

Destino

El proyecto plantea que los fondos recaudados tengan afectación específica:

  • 20% a la compra y/o elaboración de equipamiento e insumos críticos para la emergencia sanitaria
  • 20% para empleo y remuneración de trabajadores
  • 20% para becas Progresar para estudiantes
  • 15% para habitantes barrios populares en proceso de integración urbana.
  • y 25% -es decir, la parte más grande de los 5 objetivos- para programas de exploración y desarrollo de gas natural a través de Integración Energética Argentina S.A (IESA) en coordinación con YPF.

Qué sucede con los bienes en el exterior

  • En el caso de que los fondos a gravar estén en el exterior, el proyecto propone incrementar en un 50% la alícuotaen cada una de las escalas. La primera escala es de 3%, la segunda 3,375%, la tercera 3,75%, pasa luego a 4,125% luego a 4,50%, la anteúltima 4,87% y por arriba de los $3.000 millones, el aporte es de 5,25 por ciento.
  • El artículo 5 establece que, en el caso de verificarse la repatriación de los bienes en un plazo de 60 días desde la aprobación de la ley, siempre que dicha repatriación sea igual o superior al 30% de las tenencias financieras en el exterior, se suprimirá el diferencial.

Ojalá que podamos decir en pocos días que «es ley», porque será un paso adelante para nuestra Argentina, como sociedad, en uno de los peores momentos de su historia.