El fuero penal económico registró un fuerte impacto de la nueva normativa, que redefinió el alcance penal de la evasión fiscal y trasladó cientos de expedientes al plano administrativo.
La entrada en vigencia de la ley de inocencia fiscal, que modificó los montos mínimos de los delitos tributarios y redefinió el alcance penal de la evasión fiscal, ya genera efectos concretos en el fuero penal económico: comenzaron a cerrarse expedientes a un ritmo acelerado, impulsados por la aplicación del principio de ley penal más benigna y por la actualización de los umbrales económicos establecidos por la nueva norma.
El cambio también impacta en la estrategia del Ministerio Público Fiscal y en la actuación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
La ley fue sancionada junto con el Presupuesto 2026 a fines del 2025 y elevó en al menos un 3.000% los montos punibles para configurar delitos fiscales. Como consecuencia, gran parte de las causas en trámite quedaron fuera del ámbito penal.
Con la nueva legislación, la evasión simple pasó de $1.500.000 a $100.000.000 y la evasión agravada de $15.000.000 a $1.000.000.000, lo que implica un incremento del 6.567% en ambos casos. El delito de evasión mediante terceros registró una suba aún mayor: el umbral pasó de $2.000.000 a $200.000.000, un salto cercano al 9900%.
En los tribunales, el impacto fue inmediato tras el receso judicial. Expedientes activos comenzaron a cerrarse a un ritmo estimado de entre 15 y 20 por día.
El proceso todavía continúa porque la norma empezó a regir el 2 de enero, pero recién en febrero retomó plenamente la actividad judicial.
El fenómeno también relativiza el problema estructural de vacantes en la Cámara del fuero penal económico, donde actualmente solo funcionan dos jueces sobre seis cargos.
El cierre de causas se produce por dos mecanismos: presentaciones de las defensas solicitando la aplicación de la nueva norma o decisiones de los propios magistrados basadas en el principio constitucional de retroactividad de la ley penal más favorable.
Los fiscales, en general, optaron por no apelar o directamente retirar acusaciones. Durante años, el Ministerio Público había sostenido una postura restrictiva frente a la aplicación automática de aumentos de montos, criterio impulsado por el exprocurador Esteban Righi y luego por el actual procurador interino Eduardo Casal. Sin embargo, esa posición comenzó a modificarse luego de fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que consolidaron el criterio retroactivo, especialmente tras el precedente «Vidal» en 2021.
ARCA emitió un instructivo interno ordenando aplicar de forma «universal e irrestricta» la ley penal más benigna. «A diferencia de otras épocas, fiscales y ARCA hoy están alineados», señaló el juez Marcelo Aguinsky, quien además planteó la necesidad de actualizar el monto que separa infracción aduanera del delito de contrabando, hoy fijado en $500.000.
Primer fallo relevante: revocan condena a empresa
La nueva normativa ya tuvo impacto en la Cámara Federal de Casación Penal, que la semana pasada revirtió una condena contra la empresa G.G.M S.A. y su presidente, Guillermo Andrés Gotelli.
En abril de 2024, el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº2 había condenado a la firma por apropiación indebida de recursos de la seguridad social en 29 períodos entre 2012 y 2015.
La Sala III -integrada por Mariano Borinsky, Carlos Mahiques y Juan Carlos Gemignani- concluyó que los montos retenidos en cada período quedaron por debajo del nuevo umbral de $3.500.000, por lo que la conducta dejó de ser delito. El fallo ordenó reenviar el expediente al tribunal de origen para que declare la atipicidad de la conducta.
¿Amnistía o focalización penal?
La reforma abrió un debate dentro del sistema judicial. Sectores críticos consideran que los nuevos montos equivalen a una amnistía fiscal encubierta. En cambio, quienes respaldan la norma sostienen que permite concentrar recursos en estructuras de evasión de mayor escala.
Borinsky defendió ese enfoque en una columna publicada en Infobae, donde planteó que el objetivo es orientar la política criminal hacia los grandes evasores y agilizar la recuperación administrativa de deudas. Según ese criterio, los casos menores no quedan impunes sino que pasan a ser sancionados mediante multas.
La causa contra la AFA, un ejemplo de «gran evasión»
Uno de los expedientes que seguirán en el fuero penal es la denuncia impulsada por ARCA contra la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).
En esa causa fueron llamados a indagatoria el presidente Claudio Tapia, el tesorero Pablo Toviggino y otros dirigentes, por decisión del juez Diego Amarante.
El organismo recaudador denunció irregularidades por más de $19.000 millones correspondientes a 35 períodos mensuales: 18 vinculados a retenciones tributarias y 17 a aportes previsionales.
(fuente: https://www.baenegocios.com/)