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21 de mayo de 1813: Ni Nobles ni mas torturas

El 21 de mayo de 1813, la Asamblea General Constituyente, conocida como Asamblea del Año XIII, declara abolidos los títulos nobiliarios y el uso de tormentos.
La Asamblea del Año XIII, también conocida como Asamblea General Constituyente y Soberana del Año 1813, fue un congreso de diputados de las Provincias Unidas del Río de la Plata  convocado por el Segundo Triunvirato, que sesionó en Buenos Aires desde el 31 de enero  de 1813
 hasta el 24 de enero  de 1815.
Sus objetivos eran que los representantes de los pueblos libres reconocieran la soberanía del pueblo, proclamaran la independencia de las Provincias Unidas y redactaran una constitución que definiese el sistema institucional del nuevo estado. Si bien estas dos últimas finalidades no se cumplieron, la asamblea estableció una importante cantidad de reformas en las instituciones rioplatenses  y entre otras medidas estableció la celebración del 25 de mayo como fiesta cívica, eliminó la imagen de Fernando VII de las monedas y documentos oficiales, declaró el principio de la soberanía del pueblo, encargó la composición de un himno nacional, dictó la libertad de vientres de las esclavas, suprimió los títulos de nobleza, derogó el servicio personal de los indios, abolió la Inquisición, suprimió la práctica de la tortura y proclamó la libertad de prensa.

SUPRESIÓN DE LOS TÍTULOS DE NOBLEZA
Supresión de los títulos de nobleza de condes, barones y marqueses; mayorazgos, vinculados; escudos de armas, jeroglíficos y distintivos de nobleza en las fachadas de las casas.

La abolición de los títulos de nobleza, es una de las contadas medidas que no tuvo su origen en otra similar tomada por las Cortes reunidas en Cádiz.
Parece que los únicos perjudicados por la abolición de los títulos de nobleza fueron el marqués de Yavi y el barón de Holmberg, que curiosamente militaban en las filas patriotas. Se entendía por mayorazgo, la institución que inmovilizaba el patrimonio territorial de una familia, el que se transmitía indiviso, por vía sucesoria, sin posibilidad de enajenarlo, exclusivamente al hijo primogénito; cuando la inmovilidad afectaba a un solo bien del patrimonio familiar, tomaba el nombre de vinculado. Esta medida, que habían tomado las Cortes de Cádiz, perseguía combatir el latifundismo.
El 21 de mayo se votó la ley que prohibía “el detestable uso de los tormentos –dice el Redactor– adoptados por la tirana legislación española para el esclarecimiento de la verdad e investigación de los crímenes”. Se ordenó que por mano del verdugo se quemasen en la plaza de la Victoria “los instrumentos destinados a ese efecto”.
No fueron los instrumentos de tortura de la Inquisición, cómo erróneamente se ha dicho. No había en Buenos Aires Tribunal del Santo Oficio, limitándose las autoridades inquisitivas a remitir los inculpados a Lima.
Fue tomada de las Cortes de Cádiz, que el 22 de abril de 1811 había sancionado la abolición “para siempre de los tormentos en todos los dominios españoles”, especificando “las esposas, perrillos, calabozos extraordinarios y otros” (los “perrillos” eran bozales que mantenían cerrada la boca). 
Para imitar a los españoles se ordenó la destrucción por mano del verdugo; pero ocurrió que en la cárcel no había esposas ni perrillos, y debió quemarse simbólicamente una silla porque a sillas se amarraban los reos sometidos a la extraordinaria cuestión por orden judicial.
Como se circuló la orden a las ciudades del interior, éstas contestaron que no podían destruir instrumentos de tortura porque no los había. Los cepos no se destruyeron, tal vez por ser modalidades americanas que pasaron inadvertidas a los constituyentes de Cádiz.
Posteriormente las Cortes de Cádiz suprimieron los azotes, horca “y toda pena infamante”; el Triunvirato prohibió el 9 de octubre la “práctica bárbara de imponer a los niños la pena de los azotes… impropias para quienes se educan para ser ciudadanos libres y se ven abatidos, vejados y oprimidos por una pena corporal tan odiosa y humillante”. Los azotes a mayores se dejaron.
(fuente:  Rosa, José María: Historia Argentina. Tomo III, Capítulo I, pág. 28.)
Extraído del muro de Facebook de Efemerides Politicas, Historicas, Sociales y Culturales
Esta nota fue publicada por la revista La Ciudad el 21/5/2022