CulturaEducaciónHistoriaInterés General

27 de abril de 1956: Derogación de la Constitución de 1949

Una vez producido el golpe militar conocido como Revolución Libertadora en 1955, el presidente provisional general Eduardo Lonardi mantuvo la Constitución sin cambios. Poco después se produce un golpe palaciego, y asume el general Pedro Eugenio Aramburu que, el 27 de abril de 1956 dictó una proclama dejando sin efecto la constitución vigente e imponiendo el texto de la Constitución de 1853 con las reformas de 1860, 1863 y 1898.

El Gobierno Provisional de la Nación ajustará su acción a la Constitución que se declara vigente por el art. 1° en tanto y en cuanto no se oponga a los fines de la Revolución enunciados en las Directivas Básicas del 7 de diciembre de 1955, y a las necesidades de la organización y conservación del Gobierno Provisional.

Previamente todos los integrantes de la Corte Suprema de Justicia habían sido removidos por decreto Nº 318 del 4 de octubre de 1955.

La decisión de derogar por proclama la Constitución fue cuestionada por diversos sectores, debido a la imposibilidad jurídica de que se pudiera aceptar que un presidente de facto derogara una constitución e impusiera otra.

La derogación de la Constitución por medio de una proclama militar, generó una crisis en la Corte Suprema que llevó a la renuncia de uno de los cinco miembros de la Corte nombrados por la dictadura, Jorge Vera Vallejo quien presentó su renuncia afirmando que si había jurado defender la Constitución de 1853 con sus modificaciones hasta la de 1949, la derogación de esta última le producía un conflicto de conciencia por lo que, anteponiendo su condición de juez a sus convicciones políticas, debía abandonar el cargo.

La proclama militar de Aramburu derogó también las constituciones provinciales.

Sectores de juristas y políticos han cuestionado la derogación de la Constitución de 1949 sosteniendo que aún aceptando que pudiera existir un debate jurídico sobre la mayoría necesaria para dictar la ley que declara la necesidad de una reforma, en ningún caso podía admitirse que la validez de la Constitución pudiera ser establecida por un poder de facto.

La derogación de la Constitución de 1949 dejó sin efecto una gran cantidad de derechos y garantías, relacionados con el progreso social y económico. Entre ellos:

  • el derecho de reunión (art. 26)
  • la prohibición de discriminar por raza (art. 28)
  • los derechos del trabajador (art. 37, I)
  • la igualdad jurídica de hombre y mujer en el matrimonio (art. 37, II)
  • el bien de familia (art. 37, II)
  • la patria potestad compartida (art. 37, II)
  • los derechos de la ancianidad (art. 37, III)
  • la educación primaria obligatoria y gratuita (art. 37, IV)
  • la autonomía universitaria (art. 37, IV)
  • la función social de la propiedad (art. 38)
  • la estatización del comercio exterior (art. 40)
  • la nacionalización de los recursos mineros y energéticos (art. 40)
  • la estatización de los servicios públicos (art. 40)
  • el voto directo (arts. 42, 47 y 82)

Decreto de convocatoria

El 12 de abril de 1957 el dictador Aramburu, en «ejercicio de los poderes revolucionarios», emitió el decreto 3838, declarando la necesidad de reformar la Constitución y convocando a elegir el 28 de julio de 1957, mediante el sistema de representación proporcional, una Convención Constituyente que debería reunirse en la ciudad de Santa Fe. Mediante dicho decreto, la dictadura estableció también los artículos y contenidos que debía examinar la convención para su reforma, imponiéndole un lapso de 45 días con caducidad automática, sorprendentemente breve para realizar la tarea. Se prohibió la participación en las elecciones del Partido Peronista.

Elecciones

El 28 de julio de 1957 se realizaron elecciones. La población peronista votó en blanco siguiendo las instrucciones de Perón, constituyéndose en la fuerza más numerosa y cuestionando así la representatividad de la Convención, pero ello también debilitaría a los partidos que se presentaron para cuestionar la legitimidad de la reforma constitucional.

Luego del voto en blanco, los dos partidos más votados fueron la UCRP (2,1 millones) y la UCRI (1,8 millones), pero este último obtuvo la mayor cantidad de convencionales, con 77 escaños, contra 75 del radicalismo del pueblo.3​

Los partidos políticos que apoyaban la reforma (UCRP, PS, PDC, PDP, PD, PDC, PC, PCI y el bloque de centro) alcanzaron 123 bancas, mientras que los partidos que estaban en contra de la reforma (UCRI, PL, PdelosT, UF) obtuvieron 82 bancas.

En ese período expusieron las impugnaciones los convencionales del Partido Laborista(Cipriano Reyes, Ricardo Ovando y Luis V. Giacosa) y del Partido de los Trabajadores (Juan Carlos Deghi). Ambos partidos negaban la legitimidad de la Convención y exigían respetar la vigencia de la Constitución de 1949. El argumento básico que utilizaron es que un presidente de facto no tiene facultades para derogar una Constitución, ni para declarar la necesidad de su reforma. Señalan el carácter antidemocrático de impedir la representación del electorado peronista. Denuncian que el verdadero objetivo de la Convención es convalidar el retorno a la Constitución de 1853 y eliminar definitivamente los derechos sociales y económicos establecidos por la Constitución de 1949.

El laborista jujeño Ricardo Ovando, centró la atención en el artículo que sólo reconocía atribuciones al Congreso para convocar a reformas constitucionales:

La Constitución puede reformarse en todo o en cualquiera de sus partes. La necesidad de reforma debe ser declarada por el Congreso con el voto de las dos terceras partes, al menos, de sus miembros, pero no se efectuará sino por una Convención convocada al efecto, contraponiendo a la reforma llamada a través de proclamas militares hechas por un gobierno de facto, que tomo el poder por la fuerza. Ricardo Ovando

El laborista salteño Luis Victorio Giacosa dijo:

Soy solamente un hombre de pueblo, y en homenaje a este monumento del legalismo argentino, quiero hacer un acto de contrición ante esta farsa. De la bancada conservadora algunos de sus representantes violaron en repetidas oportunidades el texto constitucional de 1853; y también creo, en cuanto a la bancada radical, que lo han violado repetidas veces y ahora lo reconocen. Luis Victorio Giacosa. 

Juan Carlos Deghi negó que la Revolución Libertadora fuera un «gobierno revolucionario» y lo definió como «poder usurpador», exigiendo que se declarara vigente la reforma constitucional de 1949.  Al ser rechazada su postura se retiró de la Convención diciendo:

El artículo 30 de la Constitución Nacional y el 21 de la reforma de 1949 es inviolable. No se ha cumplido el requisito de la declaración del Congreso. Por lo tanto la validez de nuestros títulos está jurídicamente cuestionada. La mayoría del pueblo argentino, la clase trabajadora de la Nación misma, están ausentes de este debate y en cumplimiento del mandato que he recibido de mi partido procedo a hacer abandono de mi banca. Juan Carlos Deghi

La UCRP (Laurencena, Jaureguiberry), y los partidos Socialista (Alfredo Palacios, Nicolás Repeto, Américo Ghioldi, Teodoro Bronzini), Demócrata Progresista (Luciano Molinas), Demócrata Cristiano (José Antonio Allende, José Amado, Lucas Ayarragaray, Luis M. Duarte, Juan T. Lewis, Miguel A. Nessa Boeri, Horacio J. Peña y Juan C. Ricci) y los partidos conservadores (Luis M. Otero Monsegur, Emilio Hardoy), argumentaron a favor de la legalidad de la Convención Constituyente. Entre sus argumentos Palacios recurrió al «derecho de revolución» y a la doctrina de los gobiernos de facto.

Al rechazarse las impugnaciones el 23 de septiembre, los cuatro convencionales (Reyes, Ovando, Giacosa y Deghi) se retiraron de la convención. Luego de que la UCRI y los partidos contrarios a la reforma se retiraron, la Convención quedó con un quorum muy estrecho, de 121 convencionales, cuando el mínimo para sesionar era 104.

(fuente: https://www.todo-argentina.net/historia-argentina/)

Esta nota fue publicada por la revista La Ciudad el 27/4/2021

Related Articles

LocalesCulturaCulturaEducaciónInterés GeneralObra PúblicaPolíticaSociedad

El 10 de enero regresan las escenificaciones teatrales en el casco histórico

Las Escenificaciones Teatrales “Historias de la Villa Concepción”, en el casco histórico de...

Interés GeneralCulturaEducación

Cómo se construye un lector: Mariana Ruiz Johnson

Escritores, editores, mediadores de lectura y expertos en literatura responden sobre un...

CulturaEducaciónHistoriaInterés GeneralNacionalesPolíticaSociedad

El secuestro de Jorge Di Pascuale

El 29 de diciembre de 1976, en Buenos Aires, la dictadura de...