La decisión del máximo tribunal responde al pedido del Gobierno de La Rioja, que solicitó este viernes que se declare la «inconstitucionalidad manifiesta» del DNU 70/2023.
La competencia originaria del máximo tribunal se justifica en que en la causa es parte una provincia que demanda al Gobierno nacional. «Se ha definido que también corresponde a la instancia originaria las causas que se susciten entre una provincia y el Estado federal, en todo tipo de asuntos», argumentaron los abogados.
El DNU «tiene malignidad para hacer crujir los fundamentos del Estado. Por dicho motivo, en el entendimiento que se concurre a un ámbito para la armonía del federalismo y la paz, queda debidamente asentada la competencia originaria para entablar esta demanda por la naturaleza del demandante y el objeto enteramente federal de la cuestión que se problematiza y deduce con expectativa de reparación inmediata», se argumentó.
El DNU firmado el 21 de diciembre pasado y puesto en vigencia hoy «produce perjuicios irreparables por resultar contrario a los arts. 1, 5, 14, 14 bis, 17, 19, 28, 29, 31, 36, 75, 99, 121 y subsiguientes de la Constitución federal y los artículos 26 y 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH)», enumeraron Zaffaroni y Ferreyra».
Por ende, «se solicita se resuelva la incertidumbre» en torno a su aplicación y ante la «gravedad institucional, en la inteligencia que conmueve duramente las bases republicanas y democráticas de la Argentina y por ende trasciende los márgenes del caso», advirtieron.
Fuente: Ámbito