El 9 de diciembre de 1853 el Congreso Constituyente sancionó el Estatuto para la Organización de la Hacienda y el Crédito Público redactado por el ministro de Hacienda Mariano Fragueiro, considerado el complemento económico de la Constitución política aprobada meses antes.
Rubén I. Bourlot | coordinacion@eldiario.com.ar
El proyecto para establecer el plan económico presentado ante el Congreso Constituyente –que actúa como legislatura ordinaria-, conocido como Estatuto para la organización de la hacienda y el crédito público, es la primera ley económica de la Nación. El mismo, elaborado por el destacado economista Mariano Fragueiro, titular de Hacienda y a su vez miembro Gobierno Nacional Delegado, titular del ejecutivo de la Confederación Argentina, contiene un pormenorizado análisis de la situación económica y establece las medidas a implementar para la administración de la hacienda y el crédito.
Para algunos autores, los postulados del Estatuto son una verdadera constitución económica del Estado con preceptos claramente proteccionistas para promover la construcción de un capitalismo autónomo, que se contraponen diametralmente con los principios liberales de la Constitución política sancionada unos meses antes.
Quién era Fragueiro
Tal vez para el común de los lectores no le resulte familiar el nombre de Mariano Fragueiro, aun cuando fue un protagonista destacado del gobierno de la Confederación con Paraná como capital. No existe hasta el presente en Paraná ni en Entre Ríos calle, plaza o monumento alguno que nos interpele para indagar acerca de su historia. Es uno de los tantos olvidados de nuestro pasado.
Fragueiro fue un economista del siglo XIX, nacido en Córdoba, de la talla de Manuel Belgrano, que también fue economista por más que se lo quiera presentar como el uniformado creador de la bandera. Fue autor de libros de referencia ineludible como Cuestiones Argentinas u Organización del crédito, de consulta obligada para analizar la realidad argentina desde lo nacional.
Exiliado en épocas de Rosas, Fragueiro supo interpretar y reconocer la importancia del régimen económico implementado por el Restaurador para sostener el desarrollo económico del país.
Cuando Urquiza se hizo cargo de los destinos de la Confederación, tuvo en sus manos dos trabajos que podemos considerar fundacionales: Bases y puntos de partida, de Juan Bautista Alberdi, fuente principal de nuestra constitución política, y el Estatuto para la organización de la Hacienda y el Crédito de Fragueiro, que se convirtió en el plan económico de su gobierno, verdadera constitución económica.
De hecho, fueron dos proyectos que se contraponían y que tuvieron una convivencia muy breve.
El plan económico que se puso en práctica a partir del proyecto presentado por Fragueiro, era un puntilloso programa de gobierno que apuntaba al desarrollo autónomo sin depender del poder de decisión de la especulación financiera vinculada a las potencias extranjeras de la época. La experiencia de la política económica proteccionista desarrollada a lo largo de dos décadas no podía ser desechada aunque los medios para lograr su continuidad fueran otros. Urquiza acordó impulsar un modelo de desarrollo sustentado en el crédito público interno, a pesar de los reparos expuestos por la emigración unitaria, y particularmente por Juan Bautista Alberdi.
Un socialista
Las ideas de Mariano Fragueiro abrevaban en la escuela de Saint Simón, en particular sobre el concepto del banco como palanca de desarrollo del Estado, y era un admirador de Pedro Leroux, el socialista francés embanderado en la lucha contra las plutocracias y por los derechos sociales a la vivienda, el alimento y el vestido. También habría recibido la influencia del sansimonismo español representado por José Andrés Casacuberta que en 1836 enunció la diferencia entre el crédito privado y el crédito público, y el papel de los bancos, según sostiene el biógrafo Alfredo Terzaga. Otros señalan -entre quienes influyeron en las ideas de Fragueiro- a Alexander Hamilton, primer Secretario de Hacienda de los EEUU, quien en 1790 en su informe sobre el Banco Nacional sostiene que “Un Banco Nacional es una institución de importancia capital para la prosperidad de la administración de las finanzas, ya que permite a los gobiernos, especialmente en épocas de emergencia, obtener la ayuda pecuniaria necesaria”.
Un plan autónomo
El gobierno de la Confederación nacía en medio de la pobreza y debía arreglársela con los escasos recursos que se podían obtener en las regiones con una relativa prosperidad como lo eran el Litoral y Cuyo. Buenos Aires se había separado y con ella se había llevado la Aduana con su renta.
Además, el gobierno federal se debía hacer cargo del pago de la deuda contraída con el Brasil por los tratados de 1851 para financiar la campaña contra Rosas, y que ascendía a 400.000 patacones, y de las deudas de las provincias asumidas al nacionalizar las aduanas.
En ese contexto se pretendió aplicar un plan autónomo bajo la batuta de Mariano Fragueiro. Para el constituyente Martín Zapata, el estatuto era equiparable a la Constitución aprobada meses antes: “Si la Constitución (…) organizaba al país políticamente por las declaraciones de derechos y garantías y por la construcción y equilibrio de los diversos poderes públicos, el presente Estatuto lo organiza por los intereses materiales creando las más sólidas garantías de orden por la feliz combinación de los intereses privados con los de la nación a través de la sociedad en que vienen naturalmente a refundirse”.
El Banco Nacional
La Administración General inició sus operaciones con un capital inicial de seis millones de pesos emitidos en billetes de uno, cinco, diez, veinte, cincuenta y cien pesos, de los cuales 2.000.000 se destinaron al giro del Banco Nacional de la Confederación instalado en Paraná. Con esta medida se pretendía sustituir la falta de circulante, financiar los gastos del Estado y crear un mercado interno que abarcara todas las provincias.
La constitución de un banco nacional con el monopolio para la emisión de la moneda formaba parte del pensamiento de muchos de los economistas y constitucionalistas de la época. Mariano Fragueiro decía que “treinta años hace que circula esa moneda corriente (en la provincia de Buenos Aires). Retirarla sería trastornar las transacciones, y comenzar el Gobierno Nacional por una bancarrota que sería desprestigiosa y de mal agüero.”
El régimen aduanero estaba sujeto a una minuciosa reglamentación con el objeto de garantizar el flujo de ingresos al tesoro estatal.
Pero todos estos esfuerzos no fueron suficientes para consolidar el plan. La deuda externa de la Confederación constituía una pesada carga que no se podía obviar. A la contratada con el Brasil se sumaba la deuda atrasada del célebre empréstito inglés, negociado en 1824 con la banca Baring Brothers, que ascendía a casi ocho millones de pesos metálicos. A esto se sumó la carencia de los recursos de la Aduana que retenía Buenos Aires y la mala fe de los comerciantes que especulaban con el valor del papel moneda. A mediados de 1854 se canceló el plan y Fragueiro renunció al cargo.
La orientación de la política económica del gobierno de la Confederación cambió diametralmente y Urquiza entregó el manejo monetario a un banquero brasileño, Irineo Evangelista de Souza, más conocido como Barón de Mauá, que instaló un banco en la aduana de Rosario con el monopolio para explotar la actividad por 15 años y la facultad para emitir billetes y acuñar monedas de oro y plata.
Fuentes consultadas
Bourlot, Rubén (2012), Mariano Fragueiro y la Constitución económica de 1853, Editorial de Entre Ríos, Paraná.
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Fuente: El Diario

