Por Juan Martín Garay. –
El dictamen de comisión que propone disolver el IOSPER y crear la OSER incluye un guiño a las mutuales municipales… pero con letra chica. El polémico Artículo 19 -dentro del Capítulo IV, “Beneficiarios”- reconoce formalmente a las obras sociales locales preexistentes, pero a costa de imponerles una carga que pone en riesgo su viabilidad.
¿Qué establece el Artículo 19? del dictamen
• _Afiliación obligatoria:_ todos los trabajadores quedan bajo el paraguas de la OSER.
• _Excepción condicionada:_ la mutual municipal podrá seguir afiliando a sus empleados activos, pero además deberá incorporar a su padrón a los jubilados y pensionados del municipio, sin recibir fondos ni apoyo institucional adicional.
• _Afiliación obligatoria:_ todos los trabajadores quedan bajo el paraguas de la OSER.
• _Excepción condicionada:_ la mutual municipal podrá seguir afiliando a sus empleados activos, pero además deberá incorporar a su padrón a los jubilados y pensionados del municipio, sin recibir fondos ni apoyo institucional adicional.
El impacto real
1. _Autonomía parcial:_ se respeta el esquema de atención para empleados en actividad del municipio.
2. _Carga financiera:_ se transfiere el “sector pasivo” -los pasivos municipales- a la mutual, sin prever una fuente de financiamiento ni un plan de articulación con la OSER.
3. _Riesgo de desfinanciamiento:_ Nuestro municipio podría ver comprometida la sustentabilidad de su mutual.
1. _Autonomía parcial:_ se respeta el esquema de atención para empleados en actividad del municipio.
2. _Carga financiera:_ se transfiere el “sector pasivo” -los pasivos municipales- a la mutual, sin prever una fuente de financiamiento ni un plan de articulación con la OSER.
3. _Riesgo de desfinanciamiento:_ Nuestro municipio podría ver comprometida la sustentabilidad de su mutual.
Vacíos legales e inconstitucionalidad potencial
• Falta de condiciones claras. El dictamen no detalla criterios para que la mutual mantenga su independencia ni cómo se coordinará con la nueva OSER.
• Sin garantías de cobertura. Desaparecen referencias a convenios colectivos locales o esquemas de salud ya vigentes.
• Choca con la Constitución Provincial. El Artículo 240, inciso 5º, faculta a los municipios a “preservar sus sistemas locales de seguridad social”. Forzar la afiliación de jubilados vulnera ese derecho y abre la puerta a un eventual cuestionamiento de inconstitucionalidad.“Nos quieren vender espejitos de colores”: este dictamen aparenta defender a la mutual municipal, pero, en los hechos, puede despojarla de recursos y autonomía, forzándola a integrarse a la OSER en el mediano plazo.
• Falta de condiciones claras. El dictamen no detalla criterios para que la mutual mantenga su independencia ni cómo se coordinará con la nueva OSER.
• Sin garantías de cobertura. Desaparecen referencias a convenios colectivos locales o esquemas de salud ya vigentes.
• Choca con la Constitución Provincial. El Artículo 240, inciso 5º, faculta a los municipios a “preservar sus sistemas locales de seguridad social”. Forzar la afiliación de jubilados vulnera ese derecho y abre la puerta a un eventual cuestionamiento de inconstitucionalidad.“Nos quieren vender espejitos de colores”: este dictamen aparenta defender a la mutual municipal, pero, en los hechos, puede despojarla de recursos y autonomía, forzándola a integrarse a la OSER en el mediano plazo.
*El IOSPER no se vende. La Mutual Municipal no se entrega.*
Juan Martín Garay – Abogado y Concejal PJ, C. del Uruguay