La entidad propone que se defina a las economías regionales como todas las actividades provenientes del sector agroindustrial primario y sus industrias derivadas, cuyos sistemas de producción, elaboración e industrialización están vinculados a zonas geográficas específicas.
Esta definición incluye a los siguientes complejos exportadores: olivícola, arrocero, cueros bovinos, lácteo, frutícola, hortícola, porotos, lentejas, arveja, papa, ajo, garbanzos, miel, azúcar, yerba mate, té, algodón, equinos y lana.
El Poder Ejecutivo Nacional identificará las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur correspondientes a cada complejo exportador incluidas en el presente artículo.
La CAME considera que esta modificación es fundamental para proteger a las economías regionales, que generan empleo y valor agregado en todo el país.
Fuente: APFDigital