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Se reinicia la actividad deportiva en Concepción del Uruguay

El intendente Martín Oliva firmó ayer por la tarde la resolución que habilita la práctica de deportes con contactos físicos.

Desde ayer en todo el éjido de nuestra ciudad se podrán realizar competencias sin presencia de público, en las distintas actividades deportivas.

Así lo destaca la Resolución 12/2021 emitida ayer.

Las actividades tendrán un protocolo sanitario aprobado por el COE local y deberá ser aplicado en cada una de las disciplinas que se desarrolle.

El texto de la resolución es el siguiente:

R E S O L U C I O N Nº 12/2021

«REINICIO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y COMPETENCIAS» CONCEPCIÓN DEL URUGUAY – ENTRE RIOS «5º FASE».

ARTÍCULO 1°: Establécese el reinicio de las actividades deportivas y competencias a partir del día 01 de febrero de 2021 en el ejido de la ciudad de Concepción del Uruguay, según las modalidades, protocolos y autorizaciones que se estipulan en la presente resolución.

ARTÍCULO 2°: Autorízase el reinicio de los deportes grupales e individuales al aire libre, sin la presencia de público, con contacto y/o con elementos compartidos, previa aprobación del COES local.

ARTÍCULO 3°: Autorízase el reinicio de los deportes grupales e individuales en espacios cerrados, sin la presencia de público, con contacto y/o con elementos compartidos, con un límite máximo de 10 participantes, previa aprobación del COES local.

ARTÍCULO 4º: Determínase que cada institución organizadora (club, asociación, ligas y/o federaciones) deberá solicitar, obligatoriamente, la correspondiente autorización al COES local, así como también a la Dirección de Deportes de la Municipalidad de Concepción del Uruguay, para realizar competencias, torneos y eventos deportivos. En caso de no poseer la habilitación requerida tanto como la aprobación pertinente del correspondiente protocolo, se establece de manera taxativa mediante la presente, la prohibición del desarrollo de cualquiera de las actividades precedentemente mencionadas.

ARTICULO 5°: Determínase que ante el incumplimiento de lo normado en el Artículo precedente, las instituciones, organizaciones y/o responsables del evento organizado, serán pasibles de las sanciones previstas en la legislación vigente.

ARTICULO 6°: Apruébese el Anexo I de la presente como parte integrante de la presente resolución.

Dirección de Deportes.

Secretaria de Cultura, Turismo y Deportes.

Municipalidad de Concepción del Uruguay.

(fuente: muro de Facebook de la Dirección de Deportes Concepción del Uruguay y diario La Calle)

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